Tal como lo solicitara la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) días pasados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)  informamos que el ente recaudador formalizó una serie de beneficios para los contribuyentes que cumplieron puntualmente con sus obligaciones, a través de la Resolución General 4855/2020.

Esos beneficios contemplan la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras cuestiones.

  • MONOTRIBUTISTAS

La eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021, será en cuotas mensuales y consecutivas, con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.

  • A y B de pequeños contribuyentes se los eximen en los períodos fiscales enero a junio de 2021
  • C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo de 2021
  • E y F abarca 4 cuotas, de enero a abril 2021
  • G y H se eximen 3 cuotas, de enero a marzo de 2021
  • I, J y K se eximen 2 cuotas, enero y febrero de 2021
  • AUTÓNOMOS

Aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.

  • MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Recordamos que el plan de regularización de deudas tributarias, aduaneras y provisionales implementado para amortiguar la crisis está vigente hasta el 30 de noviembre. La adhesión a los beneficios se realiza a través de la Web de la AFIP.